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Implantación del Plan de Igualdad

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de la situación, tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres y eliminar la discriminación por razón de sexo.

Las bases de estas medidas fueron asentadas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Con el Real Decreto-Ley 6/2019, se avanzó en su aplicación, reduciendo de 250 a 50 el número de trabajadores necesario para que sea obligatoria la implementación de un plan de igualdad. 

Los planes de igualdad se han convertido en una de las medidas imprescindibles para las empresas, cuándo es obligatorio tener Plan de igualdad, o qué empresas están obligadas a presentarlo:

  1. Obligación establecida por el convenio colectivo

  2. Obligación del Plan de Igualdad establecida por el número de trabajadores

  3. Obligación establecida por la autoridad laboral

 

Los Beneficios de implantar un Plan de Igualdad en su empresa son importantes:

  • Es importante hacer referencia a la mejora de la competitividad e imagen de la empresa, cuando se habla de implementación de Planes de Igualdad. 

  • El ambiente laboral favorece a la mejora de la productividad.

  • La captación y fidelización de profesionales más cualificados, mejorando su compromiso con la empresa.

  • Se cumple con la Responsabilidad Social Corporativa. Transmitiendo una imagen de excelencia, se logra transformar su implementación en una ventaja frente a otras compañías.

  • Incide directamente en la flexibilidad laboral, y una mejora en la gestión de los recursos humanos de la empresa, sea del tamaño que sea.

  • La adjudicación de contratos de las administraciones públicas. La ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, delimita expresamente la prohibición de contratar a empresas que no dispongan de Planes de Igualdad estando obligadas a ello.

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En nuestra firma elaboramos un diagnóstico negociado, en su caso, con la representación Legal de Trabajadores y Trabajadoras (RLT), que contiene al menos las siguientes materias:

 

 

  • PROCESO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN 

 

  • CLASIFICACIÓN PROFESIONAL

  • FORMACIÓN

I

  • PROMOCIÓN PROFESIONAL

 

  • CONDICIONES DE TRABAJO, INCLUIDA LA AUDITORÍA

 

  • IGUALDAD SALARIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES

 

  • EJERCICIO CORRESPONSABLE DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

 

  • CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL

 

  • INFRARREPRESENTACIÓN FEMENINA

 

  • PREVENCIÓN DEL ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO

  • RETRIBUCIONES

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