La nueva certificación de sistema de gestión de compliance en materia de libre competencia proporciona directrices para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener y mejorar de forma continua un sistema de gestión en este ámbito. Analizamos las claves de este nuevo certificado para implantarlo con éxito.
La Norma UNE 19603 Sistemas de gestión de compliance en materia de libre competencia. Requisitos con orientación para su uso, publicada a finales de 2023 por la Asociación Española de Normalización, UNE, completa el conjunto de estándares que se han ido publicando desde 2017 sobre Compliance. Estas normas posibilitan que las organizaciones dispongan de estándares especializados en función de sus necesidades y preocupaciones en esta materia.
Así, en 2017 vio la luz la Norma UNE 19601 de sistemas de gestión de compliance penal; en 2019 la Norma UNE 19602 de sistemas de gestión de compliance tributario y en julio de 2023 la Norma UNE 19604 de sistemas de gestión de compliance sociolaboral. Todas estas normas tienen estructura y requisitos comunes que favorecen su implantación de manera integrada.
En la elaboración de todas estas normas se ha contado con la participación de diferentes grupos de interés que han contribuido a que la calidad técnica de estos estándares sea muy elevada y que la normalización española en materia de Compliance sea un ejemplo para otros países.
En este escenario, AENOR ha desarrollado el nuevo certificado de Compliance en materia de libre competencia basado en la Norma UNE 19603, que proporciona las directrices necesarias para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener y mejorar de forma continua un sistema de gestión en este ámbito.
Esta nueva certificación se une al resto de soluciones en esta materia, como las certificaciones de compliance tributario, penal o sociolaboral, que se integran en la Plataforma de Confianza: “Especializar la gestión de Compliance”.
La Norma UNE 19603 ha sido promovida por la Autoridad Vasca de la Competencia y en el Comité Técnico de Normalización de UNE donde se ha desarrollado también ha participado la Autoridad Catalana de la Competencia. Junto a ellas, ha habido una destacada representación de despachos especializados en la materia y de empresas.
Como bien apunta la propia introducción de la norma, “las prácticas ilícitas contra la libre competencia distorsionan los mercados en perjuicio de consumidores y del interés general”. La vulneración de la normativa en esta materia acarrea importantes consecuencias a la empresa, que van más allá de las elevadas sanciones económicas. Y es que, la información de los expedientes administrativos es pública y es habitual encontrar titulares sobre esta materia, por lo que implican en elevado daño reputacional además de la posible imposición de la prohibición de contratar.
Desde hace años, la propia CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia) ha fomentado la elaboración de planes de Compliance como mecanismo para las organizaciones orientado a la identificación de los riesgos en materia de libre competencia; así como el establecimiento de mecanismos de control para minimizar esos riesgos, destacando la importancia de generar una cultura de cumplimiento en todos los niveles de la organización.
Es por ello que en el año 2020 publicó la “Guía de programas de cumplimiento en materia de libre competencia”. Este documento, así como la “Guía de Compliance en materia de libre competencia” que publicó la Autoridad Vasca de la Competencia en 2019 han sido consideradas en la elaboración de la Norma UNE 19603.
La Norma UNE 19603 propone un modelo de sistema de gestión orientado a identificar, gestionar y minimizar los riesgos en materia de libre competencia y señala que esos riesgos pueden identificarse teniendo en cuenta los siguientes bloques:
Las conductas colusorias.
El abuso de posición dominante.
El falseamiento de la competencia por actos desleales.
Las concentraciones económicas de organizaciones no comunicadas o autorizadas, en su caso.
Las ayudas públicas o ayudas de Estado que sobrepasen los límites normativos o puedan restringir la libre competencia.
Alineado con otros estándares de Compliance, los elementos más relevantes del sistema de gestión que se propone son:
Liderazgo. Se atribuyen funciones específicas a los órganos de gobierno ya que solo ellos pueden ser los verdaderos impulsores de un sistema de Compliance. Además, su liderazgo debe ser la base para construir una cultura alineada con el cumplimiento.
Órgano de Compliance. Órgano que debe ser autónomo e independiente y tener acceso directo al órgano de gobierno. Es el garante del sistema de gestión.
Enfoque a riesgos. La identificación, análisis y valoración de los riesgos como base del sistema de gestión. La evaluación de riesgos debe proporcionar información para la toma de decisiones y la adecuación de otros requisitos de la Norma UNE 19603.
Gestión de obligaciones. Alineado con la Norma UNE ISO 37301, se requiere el establecimiento de sistemáticas para la identificación y actualización de obligaciones, así como para la evaluación del impacto de su cumplimiento.
Cultura de Compliance. Partiendo del liderazgo, la cultura debe llegar a todos los miembros de la organización. Para ello la Norma UNE 19603 incluye requisitos en materia de formación, de comunicación y de toma de conciencia.
Marco de control. alineado con los riesgos, la organización debe establecer el marco de control adecuado y proporcionado, así como asegurar que es efectivo.
Canal de comunicaciones. Facilitar la comunicación de las posibles irregularidades en la materia, así como asegurar procedimientos de investigación imparciales y objetivos.
Reporte. Se establecen requerimientos relativos al reporte que el órgano de Compliance en materia de libre competencia debe realizar tanto a la alta dirección como al órgano de gobierno.
Como consecuencia de que en los últimos años se han abierto expedientes relevantes en esta materia, son muchas las organizaciones que llevan tiempo trabajando en este enfoque preventivo y de gestión. En la actualidad, cerca de 20 entidades ya han iniciado el proceso de auditoría para lograr el certificado AENOR de Compliance en materia de libre competencia.
Parece previsible que la implantación y certificación del sistema de gestión de compliance en materia de libre de competencia se vaya a tener en cuenta por las autoridades competentes y que pueda contribuir a modular las consecuencias de un potencial incumplimiento.
Además, cada vez está más consolidado en las relaciones mercantiles que las certificaciones en materia de Compliance contribuyan a la generación de confianza y faciliten los procesos de due diligence ante clientes, entidades financieras o inversores.
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