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EXPERTOS DISEÑAN UN DECÁLOGO PARA FOMENTAR LA INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA EN LAS LICITACIONES

16-10-2018


 

El Grupo de Trabajo también difunde las novedades en materia de transparencia en el nuevo régimen de contratación en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Al mismo tiempo se pretende dotar a los empleados públicos y responsables políticos de herramientas base para implantar las novedades en el nuevo modelo de gobernanza de contratación pública y favorecer el intercambio de buenas prácticas en la aplicación de los principios de transparencia, igualdad de trato y libre concurrencia en la contratación.

“Una de las primeras líneas de acción fue crear un Decálogo de Integridad en la Contratación Pública Local, que pudiera servir como una herramienta práctica y sencilla con las que las Entidades locales puedan abordar una mejora de sus prácticas”.

Para ello, los miembros de este Grupo, conformado por profesionales expertos del ámbito local, del ámbito universitario, de representantes de instituciones públicas con competencias en la materia, sociedad civil y sector privado, elaboraron este decálogo para proponer su aprobación por el Consejo de Gobierno de la RED y que procedió a hacerlo en su sesión de 17 de diciembre de 2017.

En cuanto a la Ley de Contratos del Sector Público, “el texto es mejorable pero es mejor que el anterior. Con cumplir lo que la ley tiene, habríamos mejorado mucho”. Se trata de acceder a la información en materia de contratación que existe de las 20.000 entidades públicas que se encuentra en la Plataforma de Licitaciones del sector Público.

Y hay capítulos pendientes como la administración electrónica con entidades a los que le faltan medios. O el atasco que hay en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), imprescindible para presentarse a los procedimientos de licitación.

Este Grupo de Trabajo está ahora inmerso en una Guía Práctica sobre la contratación del sector público que profundiza en dichos conceptos.

Sobre este decálogo nuestra experta en Derecho Público apunta los siguientes principios:

Fomento Contratación Abierta. 

Se trata de impulsar la participación clara de licitadores, usuarios y ciudadanos en estos procesos. Hay un Plan Anual de Contratación que ofrece información a los licitadores de los proyectos que saldrán y sus obligaciones. Que todos los agentes afectados tengan un conocimiento cercano de lo que se va a licitar.

Ahora las pymes tienen más acceso a estas licitaciones “tanto desde la subcontratación como por la contratación en lotes. A nivel cuantitativo se ha incrementado de forma notable el número de actores que quieren contratar con la administración”.

Apuesta por la competitividad de los licitadores.

“Es posible que cuántos más licitadores participen, haya mejores ofertas. Ahora se recoge el binomio calidad y precio en la oferta que resulte elegida. En la citada Plataforma de Licitaciones del Sector Público el interesado puede ver en tiempo real cómo va su propuesta y tener acceso a la información del citado expediente, sin necesidad de solicitarla.

Si eres entidad local trabaja de forma cooperativa.

“Muchas entidades locales con menos de 5.000 habitantes no pueden atender a estos procesos de contratación pública. Las entidades locales desde el 2013 tiene atribuida la competencia en materia de contratación electrónica para ayuntamientos pequeños. Se trata de aprovechar las sinergias y las obligaciones legales entre estas entidades para que se preste ese servicio”, indica esta experta. En este escenario el papel de Diputaciones, Consejo y Cabildos ayudan a cumplir la ley.

Buscar la eficiencia a nivel de contratación pública.

“Lo que se pretende es lograr la eficiencia desde el cumplimiento de la normativa. Se trata de que los criterios de calidad puedan redundar en la eficiencia en el servicio. Se relaciona esta calidad con un mejor servicio que se pueda ofrecer a la propia Administración".

De alguna forma, la eficiencia permite que los procedimientos sean más sencillos. “La ley crea los procedimientos simplificados y súper simplificados que se han ido generalizando”. Al final hay reducción de cargas y costes tanto para la administración como para sus licitadores.

Desarrollar modelo de contratación tecnológica y electrónica.

“La ley obliga a que toda la contratación pública sea electrónica. Sin embargo, hay excepciones legales que las entidades toman para justificar que no están preparadas para esa relación electrónica con el licitador”

El proceso electrónico permite la trazabilidad “de cualquier operación que pueda ser sospechosa a priori. Luego se puede hacer un mejor seguimiento sobre si el procedimiento es limpio en toda su integridad”. En la actualidad un porcentaje superior al 50% se presenta de forma electrónica. “Todo el mundo está en proceso y buscando los medios para esta transformación digital”.

La Contratación Pública debe ser socialmente responsable.

“Se trata de utilizar la contratación para mejorar la transparencia de esta actividad, la sociedad; establecer criterios sostenibles y medioambientales como la propia Estrategia 2020 de la UE”.

Ahora criterios como la igualdad de género o el apoyo a las personas con discapacidad se tienen en cuenta para las empresas que quieran contratar con la Administración. “Esas ofertas tendrán más posibilidades de tomarse en consideración”.

Desarrollar el principio de integridad.

“Hay que indicar que la Ley de Contratos del Sector Público en su artículo primero habla del principio de integridad. Se trata de apostar por unos procesos de contratación imparciales, objetivos y sin conflictos de intereses”.

Al final, de lo que se trata es de adoptar medidas concretas para evitar cualquier situación donde no exista transparencia en los procesos de contratación. “En este contexto se abre la posibilidad de establecer un marco para las denuncias. La Ley establece que si se sabe que hay un conflicto de interés o algo irregular, hay que ponerlo en conocimiento de la mesa de contratación. Queda por desarrollar un canal de denuncias”.

Necesidad de contar con gestores públicos especializados.

Hay una recomendación del 2017 de la UE sobre la profesionalización de la contratación pública. “En muchos ayuntamientos la figura del Secretario -Interventor está para todo, cuando lo ideal es que estos profesionales tuvieran una formación específica en materia de contratación pública y conozcan bien todos los detalles de esta actividad”. La propia Ley de Contratos del Sector Público establece la figura del responsable del contrato que respondería de cómo se va a ejecutar dicho contrato y hacer su seguimiento.

Apostar por una contratación pública sencilla.

Hay que “evitar cargas innecesarias, no exijas más de lo necesario”. “Es muy útil el Documento Único Europeo de Contratación que con su presentación evita que la administración reclame más información a los licitadores.

También la propia administración puede comprobar los datos de ese profesional en el registro de apoderados y ver que toda esa información que aporta está correcta”.

Al mismo tiempo sería importante fomentar los procedimientos simplificados que en poco tiempo sirven para presentar ofertas en la administración local. “En esos procedimientos podemos estar hablando de un mes, el más simple, plazo corto si todo va bien”, señala nuestra experta. Respecto al más complejo “hay muchas variables que pueden entrar en juego y mejor no hacer una estimación clara”.

Impulsar la transparencia en la contratación pública.

“Hay que darse cuenta de que esta Ley de Contratos del Sector Público pone a disposición sobre el perfil del contratante más información que la propia Ley de Transparencia. Amplía esa información de manera notable como se refleja en su artículo 63. También fija la forma de identificar y resolver los conflictos de intereses”.

Con esta norma nueva “la información de ese contratante debe permanecer cinco años. Todos estos perfiles son accesibles en la Plataforma de Contratación del Sector Público a través de un buscador que permite una mejor localización de esa licitación u ofertantes”.

Ley de Contratos del Sector Público aún adolece de un desarrollo reglamentario y “eso hace que muchos mecanismos no estén operativos cien por cien”.

Fuente: confilegal.com

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